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FUNDACION INTERNACIONAL DEL INMIGRANTE
Deportacion - Remocion y reentrada
Por Edward Juarez
La Voz del Inmigrante ((Programa
de TV)
Columna: 5 de Diciembre de 2006.
Eduardo
Juarez
Fundador
y Presidente
Por la ansiedad de reunirse con su familia o simplemente vivir en los Estados Unidos, el país símbolo de libertad; miles de inmigrantes indocumentados reúnen las 'Condiciones Básicas de Reexpulsión'.
1- Una orden de deportación;
2- sumado a una salida voluntaria o involuntaria del
país
3- más una re-entrada ilegal;
4- sin importar haber sido arrestado o no por
inmigración
5- más un trámite de residencia aprobable. Esta situación se puede convertir en una pesadilla interminable y muy costosa para ese inmigrante y su familia.
Si un oficial de inmigración, encuentra que ha reentrado al país después de haber sido removido o que haya salido voluntariamente después de una orden de remoción; reestablecerá la orden anterior a partir de su fecha original, a no ser que se logre una acción inmediata dentro de los 30 días.
El inmigrante ignora completamente la repercusión de la ejecución de las leyes de inmigración que se promulgaron en 1996, y que comenzaron a tener efecto a partir de abril 1, 1997. No entiende que aunque su cónyuge sea ciudadana, o tenga hijos mayores nacidos aquí, o tenga una oferta de trabajo aprobada, no es suficiente para cambiar la ley, a no ser que haya habido una falla técnica en la implementación de la deportación previa. Esta falla hay que demostrarla para que se obtenga lo que se conoce como una 'Suspensión del Restablecimiento de una Remoción'.
Estos procedimientos son difíciles, demorosos, costosos, no tienen garantía de triunfo y requieren de la recomendación legal y atención exclusiva de un abogado de inmigración especialista en esta área de litigación como su único remedio.
Recuerde que siempre hay mucho más para analizar antes de formular una estrategia legal.
¡Los esperamos!
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